El OAG no ha acometido ninguna evaluación del estado de la biodiversidad marina en Canarias -salvo por el caso específico de la tortuga boba- toda vez que ninguna de las Administraciones competentes en el medio marino ha mostrado interés en esta posibilidad de colaboración. En cualquier caso, una vez entre en explotación el puerto de Granadilla y asuma el financiamiento del OAG como compensación ambiental, cabe iniciar alguna actividad con esta orientación como iniciativa fundacional propia, según el interés manifestado por la Comisión Europea.

La Estrategia Marina para la demarcación canaria elaborada recientemente por la Adminstración Central (2012) comprende una evaluación inicial, la definición de los descriptores de buen estado ambiental, y los objetivos ambientales establecidos por Acuerdo del Consejo de Ministros el 2 de noviembre de 2012. Un capítulo está dedicado a la biodiversidad, pero incluimos el acceso a todos los documentos elaborados por el MAGRAMA (2012) ya que ofrecen una visión de conjunto, tal como debe ser:

 

La Directiva Hábitats define los hábitats naturales como zonas terrestres o acuáticas diferenciadas por sus características geográficas, abióticas y bióticas, tanto si son enteramente naturales o seminaturales. En su Anexo I lista aquéllos de interés comunitario (porque están amenazados o por su representatividad), cuya conservación requiere la desginación de zonas de especial conservación (zec), compromiso que recae sobre los Estados miembros. Al igual que hace con las especies, también distingue los que se consideran de interés prioritario (marcados con un asterisco).

De los 231 tipos de hábitats naturales de interés comunitario reconocidos, 39 están presentes en la región macaronésica y de ellos cuatro se pueden considerar estrictamente marinos (se excluyen las lagunas costeras). El Hábitat 1160 - Grandes calas y bahías poco profundas, se considera que no está presente en Canarias, según se desprende del Manual de interpretación de los hábitats de la Unión Europea.

 Hábitat 1110. Bancos de arena cubierta permanentemente por agua marina poco profunda.

Son los arenales que se extienden hasta profundidades de unos 20 m, aunque en Canarias alcanzan en algunos lugares los 40-50 m. Están presentes sobre todo en las costas septentrionales de las islas, excepto en La Palma, y escasamente en El Hierro y La Gomera. Los sebadales se desarrollan sobre este tipo de hábitat, aunque no en todo él.

hab arenal hab sebadal

Presencia en Natura 2000: Playa Sotavento de Jandía (Fuerteventura), Playa del Inglés (Gran Canaria), Güigüí (Gran Canaria), Sebadales del Sur de Tenerife (Tenerife) y Sebadales de San Andrés (Tenerife).

Hábitat 1170. Arrecifes.

Formaciones que emergen diferenciadas del resto del fondo marino, generadas por la acciones de los organismos o por fenómenos geológicos singulares, en el ámbito litoral o sublitoral, y que quedan sumergidos al menos durante la marea alta. Está pendiente de concretar lo que la definición de este hábitat abarca en Canarias. Ejemplo: Arrecife de Las Canteras (esquema extraído de Oceanographica, 2007).

hab arrecifes

Hábitat 8830. Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas.

Son las cuervas sumergidas, o las abiertas al mar que quedan cubiertas por agua con la marea alta, en cuyo interior se desarrollan comunidades de invertrebrados marinos y algas. Las hay en todas las islas.

 hab cueva

 Presencia en Natura 2000: Cueva del Fraile (El Hierrro), Cueva del Obispo (La Gomera), Cueva del Infierno (La Palma), Cueva de los Cerebros (Tenerife), Cueva de Ajuy (Fuerteventura), Túnel del Roque del Este (Lanzarote). 

 

Además de la vigilancia ambiental del puerto de Granadilla, el OAG lleva incorporado en sus fines constitucionales una serie de objetivos relacionados con la biodiversidad marina, y en particular, con la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y la flora silvestres (alias "Directiva Hábitat"). Estos son:

Banco de datos de biodiversidad marina

Colaborar en el establecimiento de un banco de datos de todas las especies y hábitats marinos de la Región Macaronésica, con especial atención a la especies de los Anexos II, IV y V de la Directiva Hábitat europea y de las especies que definen los hábitats naturales del Anexo I de la misma Directiva. Una parte fundamental de dicho Banco de datos será la plasmación geográfica de la distribución de las especies y los hábitats, de forma que pueda constituirse, además, en un Sistema de Información Geográfica que aglutine el estado del conocimiento más actual y permita un registro temporal de la dinámica de estos hábitats y especies. (Art. 2c)

Este fin es concurrente con los objetivos del proyecto Biota iniciado por el Gobierno de Canarias en 1997 de cara a nutrir el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias (ver artículo 1 de la Ley 4/2010) por lo que se en 2009 se inició una colaboración entre ambas instituciones (pendiente de formalizar) orientada a que el OAG se ocupe del desarrollo de la componente marina. Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de 2009 y 2010 contemplaron una subvención nominada para el OAG destinada a desarrollar Biota Mar, y que ha servido para sentar las infraestructuras informáticas necesarias, recopilar la bibliografía sobre fauna y flora marina de Canarias, y elaborar el primer elenco de las especies citadas en esta región. Esta subvención quedó interrumpida por la crisis económica, pero el OAG ha continuado trabajando en dicho fin bajo la denominación DIADEMA (Banco de datos de especies marinas de la Macaronesia).

biota mar

Para gestionar Biota, el Gobierno de Canarias ha desarrollado el programa Atlantis, que se ha venido usando con éxito en el ambiente terrestre. Los ciudadanos pueden acceder a su portal (enlace).

El OAG ha incorporado un módulo de gestión de datos sobre especies en el Repositorio de Datos Marinos Integrados de Canarias (REDMIC), especialmente adaptado para manejar la información requerida en el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias, pero sin perder el uso potencial del dato para otros fines científicos o de gestión. En Redmic el dato taxonómico se ajusta a WORMS (World Register of Marine Species) y queda integrado con la demás información marina (parámetros oceanográficos, administrativos, etc.), además de que permite su incorporación con mayor mayor precisión geográfica (radiopunto y profundidad).

Apoyo a la Directiva Hábitat europea

Varios objetivos están encaminiados a apoyar el desarrollo de la Directiva Hábitat en el ámbito marino de Canarias. Unos son de caracter técnico, otros de control y transparencia, y también los hay de evaluación, incluida la emisión de alarmas y generación de propuestas de acción. 

    1. Elaborar informes periódicos sobre el estado de la biodiversidad, que deberían ser comunicados a las autoridades ambientales, y sobre situaciones de alarma que requieran decisiones de gestión relacionadas con la conservación de los recursos naturales marinos (art. 2b).
    2. Determinar los criterios adecuados sobre la consideración de "estado de conservación favorable" para cada especie o hábitat de la Directiva Hábitat europea (art. 2e).
    3. Diseñar los indicadores de seguimiento del estado de conservación de las especies y hábitats (tamaño poblacional, área de distribución, distribución de tallas, tasa de natalidad /reclutamiento, superficie de ocupación, densidad, cobertura, etc.). (art. 2f)
    4. Establecer una red de criterios para proteger los lugares de importancia comunitarios de impactos perjudiciales y proponer la monitorización adecuada (art. 2g).
    5. Monitorizar los indicadores (seguimiento) y las medidas de gestión tomadas en los Lugares de Interés Comunitario o Zonas de Especial Conservación de la Red Natura 2000 o sobre una especie o hábitat. En particular evaluar si las medidas de gestión adoptadas están funcionando oportunamente, si los objetivos de conservación están siendo alcanzados y, el estado general de conservación de especies y hábitat (art. 2h).
    6. Detectar amenazas para la conservación (art. 2i).
    7. Analizar las tendencias en el estado de conservación de las especies y hábitats de la Directiva de Hábitats (art. 2j).
    8. Proponer medidas de gestión (art. 2k).

En buena lógica y dada la naturaleza esencialmente colaboradora de esta Fundación (ver el artículo 2 de los Estatutos),  el desarrollo de los fines arriba listados debería abordarse en colaboración con las entidades titulares de las competencias en el medio marino: la Administración Central y el Gobierno Autónomo de Canarias, que además son los fundadores materiales del OAG.

DIRECTIVA HÁBITATS

La Directiva Hábitats concreta las especies animales y vegetales que son de interés comunitario y las distribuye en tres anexos según las medidas que son requeridas para su conservación (las especies que llevan un * son prioritarias). En las tablas adjuntas se listan solo las especies que son marinas y están presentes en Canarias, y las medidas adoptadas por la Administración Central del Estado o por la Comunidad Canaria.

Anexo II. Epecies para las que es necesario designar zonas especiales de conservación.

Nombre científico
Nombre común Zec designadas donde están presentes
Caretta caretta (Linaeus., 1758)* Tortuba boba ES7010014, ES7010016, ES7010017, ES701022, ES7010035, ES7010048, ES7010056, ES7020017, ES7020057, ES7020116, ES7020122, ES7020123, ES7020017
Chelonia mydas (Linaeus., 1758)* Tortuga verde ES7010017, ES701022, ES7020017
Tursiops truncatus (Montagu, 1821) Delfín mular ES7010016, ES7010017, ES701022, ES7010035, ES7010037, ES7010056, ES7020017, ES7020057, ES7020122, ES7020123,

Anexo IV. Especies que requieren una protección estricta.

Esta tabla muestra la categoría que las especies de interés comunitario ostentan en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011), y en el Catálogo Canario de Especies Protegidas (Ley territorial 4/2010). Dichas clasificaciones llevan aparejado régimenes de protección concurrentes, teniendo prevalencia el estatal -por ser básico- en caso de discrepancia. Nótese que el Catálogo Canario excluye las especies no residentes.

Nombre científico
Nombre común Protección estatal Protección canaria
Caretta caretta (Linaeus, 1758)* Tortuba boba  Vulnerable  Protección especial
Cheloniamydas (Linaeus, 1758)* Tortuga verde  Protección especial  Protección especial
Dermochelys coriacea (Vandelli, 1761) Tortuga laúd  Protección especial  Protección especial
Eretmochelys imbricata (Linaeus, 1766) Tortuga carey  Protección especial  Protección especial
Balaenoptera acutorostrata Lacepede, 1804 Rorcual aliblanco  Vulnerable
Balaenoptera borealis Lesson, 1828 Rorcual norteño  Vulnerable  [Protección especial]
Balaenoptera eden Anderson, 1878 Rorcual tropical  Protección especial
Balaenoptera musculus (Linaeus, 1758)
Rorcual azul  Vulnerable  [Protección especial]
Balaenoptera physalus (Linaeus, 1758) Rorcual común  Vulnerable  [Protección especial]
Delphinus delphis (Linaeus, 1758) Delfín común  Protección especial  Protección especial
Eubalaena glacialis (Müller, 1776) Ballena franca  En peligro de extinción  [Protección especial]
Globicephala macrorrhynchus (Gray, 1846)
Roaz  Vulnerable  [Protección especial]
Globicephala melas Traill, 1809 Calderón común  Vulnerable  Protección especial
Grampus griseus (Cuvier, 1812)
Calderón gris  Protección especial  Protección especial
Hyperoodon ampullatus (Foster, 1770) Zifio boreal  Protección especial
Kogia breviceps (de Blainville, 1838) Cachalote pigmeo  Protección especial  Protección especial
Kogia simus (Owen, 1866) Cachalote enano  Protección especial
Lagenodelphis hosei Fraser, 1956 Delfín de Fraser  Protección especial
Megaptera novaeangliae (Borowsky, 1781) Yubarta  Vulnerable  Protección especial
Mesoplodon densirostris (de Blainville, 1817) Zifio de Blainville  Protección especial
Mesoplodon europaeus (Gervais, 1855) Zifio de Gervais  Protección especial
Mesoplodon mirus True, 1913 Zifio de True  Protección especial
Orcinus orca (Linaeus, 1758) Orca  Protección especial  Protección especial
Physeter macrocephalus Linaeus, 1758 Cachalote  Vulnerable  Vulnerable
Pseudorca crassidens (Owen, 1846) Falsa orca  Protección especial
Stenella coeruleoalba (Meyen, 1833) Delfín listado  Protección especial  Protección especial
Stenella frontalis (Cuvier, 1829) Delfín moteado  Protección especial
Steno bredanensis (Lesson, 1828) Delfín diente rugoso  Protección especial
Tursiops truncatus (Montagu, 1821)
Delfín mular  Protección especial  Protección especial
Ziphius cavirostris (Cuvier, 1823)
Zifio de Cuvier  Protección especial

El Anexo V se destina a las especies recogidas en la naturaleza y explotadas que pueden ser objeto de medidas de gestión. No figura ninguna especie marina presente en Canarias.

DIRECTIVA AVES

La Directiva Aves reclama para las especies incluidas en su Anexo I un régimen protector general (alcanza a huevos y nidos) y que su hábitat sea protegido territorialmente (designación de zepa). De las 30 especies listadas y presentes en Canarias, 8 pueden considerarse "aves marinas", incluyendo al guincho (águila pescadora) que no encuentra en las islas ríos y lagos donde alimentarse. No obstante, el Catálogo Canario de Especies Protegidas asocia a todas estas aves con el medio terrestre.

Nombre científico Nombre común Protección estatal Protección canaria
Bulweria bulwerii (Jardine & Selby, 1828)
Perrito  Protección especial  Protección especial
Calonectris diomedea borealis (Cory, 1881)
Pardela cenicienta  Protección especial  Protección especial
Hydrobates pelagicus (Linaeus, 1758) Almamestre  Protección especial  Protección especial
Oceanodroma castro (Harcourt, 1851) Paíño de Madeira  Vulnerable  Protección especial
Pandion haliaetus (Linaeus, 1758) Guincho  Vulnerable  Vulnerable
Pelagodroma marina hypoleuca (Webb et al., 1842) Bailarín  Vulnerable  Protección especial
Puffinus assimilis baroli (Bonaparte, 1857) Tajoce  Vulnerable  Protección especial
Sterna hirundo Linaeus, 1758 Garajao común  Protección especial  Protección especial

Especies migratorias

El Catálogo Canario de Especies Protegidas solo contempla especies residentes en las islas, pero ello no impide que las aves migratorias u ocasionales, siendo de interés comunitario, hayan de ser tenidas en cuenta a la hora de establecer zepas para garantizarles un mínimo de hábitat.

Nombre científico Nombre común Protección estatal /canaria
 Larus fuscus Linaeus, 1758  Gaviota sombría  No contemplada
 Larus ridibundus Linaeus, 1766  Gaviota reidora   No contemplada

Documentos de interés

Moro, L., Martín Esquivel, J. L., Garrido Sanahuja, M. J. & Izquierdo Zamora, I. (eds.) 2003. Lista de especies marinas de Canarias (algas, hongos, plantas y animales) 2003. Santa Cruz de Tenerife: Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, 250 págs

OAG, 2010. Listado provisional de especies marinas de Canarias [Documento no publicado]

Vera Galván, M. Á., Samarín Bello, C. R., Delgado, G. & Viera Ruiz, G. (2010). Natura 2000 en Macaronesia. Santa Cruz de Tenerife: Gobierno de Canarias, 567 pp.

 

 

 

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